Por su interés reproducimos consulta vinculante sobre donativos con derecho a deducción para sociedades conyugales en régimen de gananciales.
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NUM-CONSULTA
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V1414-10
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ORGANO
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SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
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FECHA-SALIDA
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23/06/2010
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NORMATIVA
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Ley 35/2006, Art. 68-3
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DESCRIPCION-HECHOS
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El consultante y su cónyuge, casados en régimen de gananciales, han efectuado donativos con derecho a deducción, si bien figuran imputados al 100 por 100 a su nombre.
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CUESTION-PLANTEADA
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Si la deducción por donativos corresponde aplicarla cada cónyuge al 50 por 100 o exclusivamente a él.
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CONTESTACION-COMPLETA
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El artículo 68.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), establece lo siguiente:
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